RD 1055/2022 de envases y residuos de envases

RD 1055/2022 DE ENVASES Y RESIDUO DE ENVASES

El pasado 28 de diciembre, sin ser una inocentada, se publicó el tan esperado Real Decreto de envases y residuos de envases (RD 1055/2022). Este RD viene a sustituir la actual Ley 11/97 de envases y residuos de envases, con la que hemos estado trabajando hasta ahora. Se trata de una revisión integral de la normativa española en esta materia alineada con los objetivos de la Unión Europea, comprometida con la prevención y la reutilización de los envases. Permitirá avanzar en la implantación de la economía circular y alcanzar los nuevos objetivos de reciclado de envases para 2025 y 2030.   Todos sin excepción deberemos avanzar por este camino ya que aplica tanto a envases domésticos, como a los comerciales y a los industriales.   Las líneas estratégicas de este RD son:
  1. REDUCIR LA GENERACIÓN DE RESIDUOS DE ENVASE, a través de:
    • Objetivos de prevención y reutilización:
      • Transpone y aplica la Directiva de la UE sobre envases de plástico de un solo uso, y marca un objetivo para 2030 de reducción del 20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.
      • Aumento de envases reutilizables, fijando objetivos de reutilización por categoría de productos, canal (HORECA y doméstico), tipo de envase (doméstico, comercial e industrial) y dimensiones de la superficie comercial.
    • Medidas de prevención y reutilización: Medidas que suponen un gran esfuerzo principalmente para la distribución. Estas medidas están dirigidas al fomento de la venta a granel, informar al consumidor del impacto ambiental en el punto de venta, incorporación de referencias reutilizables de bebidas, asegurar la disponibilidad de envases reutilizables y aceptar el uso de recipientes reutilizables en establecimientos de alimentación.
  1. FOMENTO DE LA CIRCULARIDAD Y EL RECICLADO, fijando un contenido mínimo de plástico reciclado por tipología de envase y trabajando en el ecodiseño para que todos los envases sean reciclables al final de su vida útil en 2030.
  2. CAMBIO EN EL USO DEL SÍMBOLO DEL PUNTO VERDE. El uso del símbolo del punto verde pasa de ser obligatorio a voluntario. Las empresas que así lo decidan podrán seguir incluyendo el símbolo en sus envases y las que deseen eliminarlo del envase también podrán hacerlo.
  3. NUEVAS OBLIGACIONES DEL MARCADO DE ENVASES, a partir de enero 2025:
    • Indicar si son reutilizables y si forman parte de un Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR).
    • Para envases de plástico compostables, informar de su certificación u otros estándares europeos y nacionales sobre compostabilidad.
    • Indicar el contenedor o la fracción donde deben depositarse.
  4. REGISTRO DE PRUDUCTORES DE PRODUCTO DE ENVASES: Mejora en la trasparencia de la información de envases puestos en el mercado, con la puesta en marcha de la nueva sección de envases en el Registro de productores de productos. En primera instancia habrá que informar de los envases puestos en el mercado en 2021 y tres meses después habrá que informar de los datos de 2022.
  5. ECOMODULACIÓN: Modificaciones en Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP’s), obligando a incorporar criterios de ecomodulación en la fijación de las tasas. Las tarifas de Punto Verde deberán ser capaces de discriminar aún más entre los distintos tipos de envase en función del comportamiento de la solución de envasado en el proceso de gestión.
Otros objetivos del nuevo real decreto son:
  • Recogida selectiva y reciclado de envases.
  • Ampliación de los costes RAP. Esta normativa hace responsable a los productores de la financiación de nuevos conceptos, lo que supondrá un incremento, de las tarifas de Punto Verde.
  • Prohibición del marcado de los envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente» y con el uso de símbolos identificativos de SCRAPs para que no induzcan a error a los consumidores o usuarios acerca de la reciclabilidad de los envases. Un avance en la lucha contra el greenwashing.